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“Los curadores urbanos cuentan con el apoyo de un grupo interdisciplinario conformado por ingenieros, arquitectos, abogados (artículo 101 de la Ley 388) y el equipo administrativo de soporte. Estos profesionales apoyan la gestión conforme a su experiencia y área del conocimiento, y participan activamente en el estudio de las solicitudes de las licencias urbanísticas. No obstante, los curadores son los únicos facultados para la expedición de los actos administrativos”.